jueves, 17 de febrero de 2011

PUBLICIDADES TELEVISIVAS

NO JUZGUES DEMASIADO RÁPIDO





Todos deben dejar un comentario con su opinión sobre estos videos. Hacer comentarios en las entradas del blog es parte de las tareas del curso.

13 comentarios:

Anónimo dijo...

comparto uno mas...

http://www.youtube.com/watch?v=jB12oCul730

N.B.

Alumnos dijo...

La rapidez en la información y la falta de seriedad en la misma alimentan los prejuicios... No dudo que alguna asociación protectora de algún interés difuso tendría intereses reales de sacarle rédito a estos vídeos, ja!

Catriel

Alumnos dijo...

Estos videos invitan a la reflexion, ¿cuantas veces nos comportamos como esos espectadores? Por lo tanto la primera impresion NO es lo que cuenta.
Mercedes Gonzalez

Alumnos dijo...

Buenisimos!!! Cuan reales puede ser esas situaciones!! Y pensar que en otros ordenes de la vida cotidiana, el "prejuicio" es decir,la critica, sobre algo o alquien, antes de tener lo elementos oportunos para fundamentarla o conocerla en su totalidad, puede traer consecuencias realmente negativas..

Alumnos dijo...

Me falto firmarla.. Lucila Chiminelli

Alumnos dijo...

No siempre una imagen vale más que mil palabras, pero cómo nos cuesta dejar la foto a un lado y ponernos a escribir!

Julia Baliña

Anónimo dijo...

El verdadero intérprete no debe juzgar por la primera impresión, sino luego de un exhaustivo análisis de las circunstancias fácticas.

Alexis Blasco

Alumnos dijo...

Creo que es practicamente imposible no prejuzgar, máxime cuando la situación se presta a malas interpretaciones. Estos videos muestran situaciones graciosas pero creo que lo realmente grave es el caso del abogado, en el capítulo de los practicantes, que, por medio de las preguntas que realiza, insinúa que la mujer que fue violada provocó tal situación o consintió ese comportamiento por la forma en que iba vestida o por sus actitudes amistasos con el hombre acusado.
Natalia Dufour

Alumnos dijo...

¿Por qué nunca estoy ahí para reirme cuando le suceden este tipo de cosas a las personas?

Natalia: Creo que al sostener que la mujer interrogada fue violada, en la escena que comentás, estás prejuzgando. ¿Por qué no creer que el defensor interroga como lo hace porque su asistido afirma férreamente que las relaciones sexuales fueron consentidas? ¿Por qué no creer esa versión, partiendo de la base que impone el principio de inocencia? Y en el hipotético que efectivamente el imputado hubiere abusado sexualmente de la mujer ¿por qué condenar la estrategia del abogado, quien tiene el deber de proveer a la mejor defensa de su asistido?
Saludos,
María Antonela Mandolesi

Alumnos dijo...

Si bien estos videos nos presentan situaciones que invitan a la reflexión, considero que normalmente no nos detenemos a analizar con cuidado las consecuencias significativas que puede llegar a tener para nuestras vidas el hecho de manejarnos en base a prenociones o prejuicios. Quisiera aprovechar este espacio, para compartir el enlace que lleva a la escena de una película que creo que se relaciona con el tema en cuestión: http://www.youtube.com/watch?v=JD0A-H0AwWQ.
La película se llama "American History X", y la escena es básicamente el diálogo entre un padre y su hijo, y la conclusión a la que ambos llegan sobre el profesor de literatura de este último.
Saludos.-
Ma. Cecilia Díaz

Alumnos dijo...

Me imagino por ejemplo en el caso de los médicos q matan al bichito... q pasa si la mujer se va corriendo a la comisaria y hace la denuncia??? viene la policia, detiene a los medicos, y cuando los indagan ellos explican q en realidad "estaban matando una mosca"... creo que puede ilustrar -aunque en forma exagerada y tal vez hasta un poco burda- el modo en que en Tribunales se "invierte" el principio de inocencia, y resulta una tarea dificilísima para el imputado derribar todos los pre-juicios propiamente dichos y las valoraciones subjetivas que a priori realiza "el juzgador", y que, inevitablemente, integran encubiertamente la acusación formal.

Daniela Ramos

Anónimo dijo...

Al ver los videos nuevamente y luego de las lecturas dadas en clase, no puedo dejar de relacionar el prejuzgamiento con el merito sustantivo que se exige para decretar la prision preventiva respecto de un imputado.
Como muchas veces, aun sin pruebas, o fruto de un nefasto prejuzgamiento, resulta sistematico aplicar la prision preventiva cercenando los derechos individuales.

Luz Giovagnoli

Anónimo dijo...

Al ver nuevamente los videos, y tomando en considerarion los textos dados en clase, no puedo evitar relacionar el prejuzgamiento con el merito sustantivo exigido a la hora de decretar la prision preventiva respecto de un imputado.
Como muchas veces, tras falta de prueba o fruto de un nefasto prejuzgamiento, se imponene prisiones preventivas de manera sistematica, cercenando los derechos individuales de los ciudadanos.

Luz Giovagnoli